Algunas fórmulas de contenido religioso en el protocolo de documentación asturleonesa (775-1230)*

Irene Victoria Benavides Monje

Universidad de León

 

Contenido

Introducción

Las fórmulas trinitarias

Conclusiones

 

Introducción

    La abundante presencia de fórmulas en el latín medieval, tanto en la liturgia [1] o los textos epistolares [2], como en los documentos [3], es innegable. En el caso de los diplomas es debido a que buena parte del contenido de cada uno de ellos está construido enlazando, de forma más o menos afortunada, una serie de expresiones que tradición, formularios [4] y documentos anteriores han ido proporcionando a los escribas medievales.

    También es innegable que durante la época medieval las fórmulas están sujetas a los «caprichos» del escriba, que las copiaba con mayor o menor exactitud, o hacía una adaptación de la fórmula según sus necesidades o conocimientos.

    La complejidad de las expresiones, su extensión y la calidad de su latín son la mayoría de las veces indicativos de la importancia del documento [5]: raras veces un negocio realizado entre particulares contendrá expresiones tan elaboradas como el documento expedido por la cancillería regia o episcopal recogiendo un negocio entre magnates del reino.

    Una de las partes que mejor refleja esta complejidad, junto con las fórmulas conminatorias [6], es el protocolo inicial del documento, que confiere al diploma ciertos elementos de solemnidad que aseguran la perfección y validez jurídicas del negocio realizado. Dentro de él, la invocación verbal estudiada en el presente trabajo no es obligatoria ni jurídicamente necesaria, ni reafirma la mencionada validez. A pesar de ello, la podemos encontrar a lo largo de toda la Edad Media, aunque en algunos momentos esté más presente y tenga un mayor desarrollo que en otros y su grado de elaboración aumente de forma directamente proporcional a la solemnidad que se quiere dar al documento.

Las fórmulas trinitarias

    Dentro del variado contenido formulario que podemos encontrar en los protocolos, para el presente trabajo nos hemos inclinado por algunas de las invocaciones que hacen alusión a la Trinidad, ya sea mencionándola directamente, ya sea nombrando por separado a cada una de las tres personas que la componen.

    Las fórmulas alusivas a la Trinidad hunden sus raíces en los primeros tiempos del cristianismo. Desde una primera mención bíblica de la Trinidad y algunos de sus atributos [7], que serán posteriormente recogidos por la tradición cristiana, y verán su expresión en los símbolos de Nicea (325) y Constantinopla I (381), los términos utilizados para referirse a la Trinidad han variado muy poco, de forma que varios enunciados de los credos mencionados los vemos reflejados en las fórmulas medievales [8] y, en algunos casos, han llegado hasta nuestros días, lo que es especialmente apreciable en las secuencias litúrgicas.

    Debido a la complejidad que llega a desarrollar, no se puede hablar de «fórmula de invocación» como un bloque unitario, sino que podemos dividirla en lo que es posible llamar «invocación propiamente dicha» y una serie de «subfórmulas» que se van añadiendo a la principal con el fin de, al hacerla más complicada, proporcionarle mayor solemnidad al diploma.

    El esquema que siguen las invocaciones verbales estudiadas es el siguiente:

    1º «Fórmula principal» en la que se hace una llamada a la divinidad, en cuyo nombre o bajo cuya protección se va a realizar el acto jurídico que recoge el documento. Esa invocación puede estar dirigida a cualquiera de las personas de la Trinidad, a todas ellas o al Ser Supremo (Creador de todas las cosas, el Señor, etc.) [9].

    Dentro de esta primera parte puede haber una serie de adjetivos, a menudo en grado superlativo, que exalten más, si cabe, la grandeza de Dios o hagan alusión a determinadas características suyas, tal es el caso de pii, miseratoris, clementissimi, altissimi, triplo, simplo, etc.

    2º «Subfórmulas» que contienen una sucesión de atributos o características de la Divinidad. Normalmente son afirmaciones que hacen referencia o contienen elementos del dogma trinitario, como la igualdad de las tres personas, el origen del Hijo o del Espíritu Santo, etc. Pueden estar expresadas por medio de adjetivos, por medio de proposiciones subordinadas, normalmente de relativo, o por medio de construcciones de participio. Esta segunda parte puede estar compuesta por una sola oración o por varias (hasta once en los casos extremos).

    La selección de fórmulas objeto de estudio representa una parte ínfima del total existente y se centra en aquéllas con un contenido literario, pero exentas de signos literarios externos. Son aquéllas que muestran una forma mucho más elaborada, que utilizan un mayor número de elementos para, como ya mencionamos, aumentar la solemnidad del documento.

    Las fórmulas estudiadas, dentro del gran número de ejemplos hallados en la documentación utilizada, son las siguientes:

    1. CL 658 (1006) [10]: In nomine Domini et pii, altissimi, miseratoris, clementissimi uidelicet Spiritus Sancti, cuius laus et imperium permanet iugis atque sapiencia est admirabilis, qui in ipsa uera et perfecta Trinitas atque circumplexa unitas, Deus unus et uerus, unus et trinus, super omnia regnat per nunquam finiendam.

    Su estructura es la siguiente [11]: 1. «Fórmula principal» con la invocación al Señor, especialmente al Espíritu Santo, precedido de adjetivos que exaltan sus «méritos»; 2. Oración adjetiva que hace referencia al laus et imperium divino; 3. Oración adjetiva, junto a la que aparece una expresión de la base del dogma trinitario: Deus unus et uerus, unus et trinus [12].

    Es una fórmula no muy frecuente, de la que existen veintidós ejemplos (incluidas las variantes), todos ellos en la documentación de la Catedral de León. Se utiliza exclusivamente durante el siglo XI, y su última aparición es de 1093.

    Las variantes que aparecen son las siguientes:

    a) CL 912 (1033): In nomine Domini miseratoris et pii, Patris et Filii, redemptoris excelsi, uidelicet et Spiritus Sancti, cuius laus et imperium permanet iudis [13] atque sapiencia exta mirabilis, qui est trinus et uerus permanet Deus per secula cuncta, amen.

    Esta fórmula, que encontramos en tres ocasiones, es bastante más sencilla, pero claro reflejo de la anterior.

    b) CL 970 (1038): In nomine Domini et pii, altissimi, miseratoris, clementissimi, Patri et Filii uidelicet Spiritus Sancti, cuius laus et imperium semper permanet iugis atque sapiencia et admirabilis, qui in ipsa uera et perfecta Trinitas atque circumplexa unitas Deus uiuus et uerus unus et trinus, qui misericorditer omnia conferre dignatus est, ex quo creatorem humiliter deprecari et mente deuota placari possit, qui super omnia regnat, in cuius uirtute celi firmantur, omnis terre que fundata nouimus [14] nationum procreare uidentur ipsi Domino laudum depromere cuiusque etas ut proprium eius concessum est non denegant uoces, et nos fidenter obtulimus oblationis obsequium ad expiandis facinus et credimus ei propter misericordiam acceptabilia suscipere dignare; ipsi benediccio et laus, honor, gloria per nunquam finienda secula, amen.

    Esta variante se presenta mucho más complicada, aunque conserva cierto número de elementos de la fórmula de referencia. De los veintidós ejemplos mencionados, esta variante sólo se corresponde con dos.

    La estructura, respecto a la fórmula de referencia, es mucho más compleja, ya que añade elementos que abundan en las capacidades divinas, cuyo fin es puramente retórico, sin añadir ningún aspecto nuevo a los anteriores elementos de la fórmula. En este afán de complicar la fórmula, el escriba utiliza incluso alguna construcción cuyo significado no parece claro (desde omnis terre hasta depromere), y que aparece igual en ambos ejemplos, por lo que su comprensión ha de esperar hasta la aparición de nuevos casos en otros cartularios no utilizados. Lo único que se puede afirmar es que en lugar de fundata, el escriba debería haber puesto fundate, tal y como aparece en una fórmula similar, aunque falsa (CL 64 [914-924]).

    c) CL 1134 (1065) [15]: In nomine Domini nostri Ihesu Christi, innefabilis Patris omnipotentis et miseratoris, unigeniti Ihesu Christi filii Dei, Spiritus Sancti, unitas et Trinitas et sempiterna magestas, cuius labus inperium permane, labus aque sapiencia specta miserauilis [16], qui ipsa qui ipsa uera et perfecta Trinitas circumplex aque unitas, Deus uigilibus uerus et fortis et potens est, qui super omnia regnat equalis ex per nunquem finienda semper secula seculorum, amen [17].

    Este tercer ejemplo, además de introducir algunos elementos novedosos, aparece como un caso claro de corrupción de la fórmula. Se identifica perfectamente la estructura y el contenido de la fórmula de referencia, pero contiene cierto número de variaciones / «errores» sobre la fórmula de origen.

    2. CL 926(1034) [18]: Sub imperio opificis rerum qui cuncta ex nichilo creauit, uisibilia et inuisibilia, quique eciam pro nostra salutem de sedem supernam descendens et humanam carnem adsumens, qui est unus in Trinitate et trinus in unitate; ipsi laus, honor et gloria, in secula seculorum, amen.

    Su estructura es la siguiente: 1. «Fórmula principal» que hace referencia a Dios como Creador; 2. Oración adjetiva cuyo antecedente es opificis rerum y cuyo contenido cita los credos niceno y constantinopolitano [19]; 3. Oración adjetiva coordinada con la anterior; 4. «Invocación final».

    Es una fórmula que no aparece a menudo, de la que existen veinticinco ejemplos (incluidas las variantes), la mayoría de ellos en la documentación de la Catedral de León, aunque también aparece en los cartularios del Monasterio de Sahagún, Santa María de Otero de Dueñas, San Pelayo y la Catedral de Oviedo. Es una fórmula propia de los siglos X y XI, cuyo último ejemplo es de 1095.

    Las variantes son muy numerosas y, en la mayoría de los casos, se limitan a añadir nuevas oraciones adjetivas que enumeran atributos de la divinidad, especialmente su poder como creador y señor de todas las cosas, las que están sobre la tierra, en el cielo y en el mar. Algunos ejemplos de esas variantes son los siguientes:

    a) OD 15 (976): Sub inperium obiuicis rerum, qui cuncta ex nichilo creauit uisibilia et inuisibilia mundique rector, omnipotens Dominus, qui est trinus, eximius deitatis, nomen unus Pater et Filius, uidelicet et Spiritus Sanctus.

    Esta fórmula, que encontramos en una única ocasión, es más sencilla, e incluye cierto número de variaciones tanto en la estructura como en su contenido, pero puede asimilarse a la fórmula tomada como referencia.

    b) PEL 3 (1053): Sub imperio opificis rerum, qui cuncta ex nichilo uisibilia et inuisibilia creauit sole conditor et tempora qui omnia facta esse uidentur, qui est unus et uerus Deus in Trinitate permanens mundi rector omnipotens Dominus. Ipsi namque honor et gloria uirtus et imperium in secula seculorum, amen.

    La estructura es muy similar a la de la fórmula de referencia, aunque varía el léxico con el que alude a la divinidad, deja de hacer hincapié en la encarnación del Hijo y se centra más en el aspecto creador y dominador de la divinidad. Por otro lado, de los pocos ejemplos existentes de esta fórmula, la mayoría aparece en documentos asturianos: CO 71(1075), etc.

    c) SH 255 (970): Sub imperio opificis rerum qui cuncta ex nichilo creauit uisibilia et inuisibilia siue que in terris et que in celo sunt qui est unus et uerus Deus in Trinitatepermanens, id est Pater, Filius uidelicet et Spiritus Sanctus.

    Tiene un sentido similar al de la variante anterior, y encontramos varios ejemplos muy similares en la Catedral de León y Sahagún: SH 256 (970), CL 432 (974), CL 518 (987), etc.

    d) CL 1074 (1050): Sub imperio opifice rerum, qui cuncta ex nichilo uisibilia et inuisibilia creauit et omnia ad diuinitatem quicque etam ea que in mundo sunt cuncta ipsius largiente abundauit, siue que in celis, siue que in terris atque in mare sunt recte ordinauit atque disposuit. Ipse est omnium rerum creator et dominus dominorum, qui est unus in Trinitate et trinus in unitate, quique etiam pro nostra salute, de sedem paternam descendens et umanam carnem adsumens, induit carnem sed non exuit magestatem. Ipse est Dominus uiuus et uerus qui uiuit et regnat nunc et per omnia secula, amen.

    En el mismo sentido que las anteriores, aunque su mayor complejidad es evidente. Al igual que todas ellas hace referencia a algunos aspectos del misterio trinitario, combinando los aspectos de Dios-Creador [20] con la afirmación de la encarnación de Cristo en hombre sin perder su identidad divina, uno de los elementos fundamentales del dogma y cuya formulación y comprensión supone la base de diversas herehías, como el arrianismo y el sabelianismo.

Conclusiones

    Este estudio es un simple avance del gran trabajo que es posible hacer sobre los aspectos formularios de la documentación medieval, que hasta ahora sólo ha sido abordado de forma parcial.

    Las fórmulas estudiadas, junto con otros ejemplos que no aparecen en este artículo, permiten afirmar que el reinado de Alfonso VI marca un momento muy importante como punto final para el uso de determinadas fórmulas y como punto de partida para la creación de nuevas estructuras formularias [21]. Todas las fórmulas estudiadas desaparecen con el reinado de Alfonso VI, algunas al comienzo del reinado, otras a lo largo del mismo y es raro encontrarnos algún ejemplo que sobreviva al mencionado gobierno más de una época.

    El trabajo sobre las fórmulas y los formularios es sumamente importante para la comprensión global de los textos medievales, y su realización, pendiente desde hace tiempo [22], es hoy posible gracias a la aplicación de las nuevas técnicas informáticas. Con la utilización de sistemas informáticos se puede llevar a cabo el trabajo de un modo mucho más rápido y más eficaz y establecer relaciones que hasta no hace mucho eran impensables.

 

NOTAS:

* El presente trabajo forma parte de los Proyectos de Investigación PB96-0160 (Ministerio de Educación y Cultura) y LE12/98 (Junta de Castilla y León). Las fuentes diplomáticas utilizadas son las siguientes:

E. Sáez, Colección diplomática de la Catedral de León. I, León, 1987; E. Sáez y C. Sáez, Colección diplomática de la Catedral de León. II, León, 1990;  J. M. Ruiz Asencio, Colección diplomática de la Catedral de León. III, León, 1987; J. M. Ruiz Asencio, Colección diplomática de la Catedral de León. IV, León, 1990; J. M. Fernández Catón, Colección diplomática de la Catedral de León. V, León, 1990; J. M. Fernández Catón, Colección diplomática de la Catedral de León. VI, León, 1991 (=CL).

J. M. Mínguez Fernández, Colección diplomática del monasterio de Sahagún. I, León, 1976; M. Herrero de la Fuente, Colección diplomática del monasterio de Sahagún. II, León, 1988; M. Herrero de la Fuente, Colección diplomática del monasterio de Sahagún. III, León, 1988; J. A. Fernández Flórez, J.A., Colección diplomática del monasterio de Sahagún. IV, León, 1991 (=SH).

V. Vignau, Cartulario del Monasterio de Eslonza, Madrid, .1985 (=ES)

F. J. Fernández Conde; I. Torrente Fernández; G. de la Noval Menéndez, El Monasterio de S. Pelayo de Oviedo. Historia y Fuentes. I, Oviedo, 1978 (=PEL).

S. García Larragueta, Colección de documentos de la Catedral de Oviedo, Oviedo, 1962 (=CO).

G. del Ser Quijano, Colección diplomática de Santa María de Otero de las Dueñas (León) (854-1037), Salamanca, 1994 (=OD).

[1] M. C. Díaz y Díaz, «Utilizadas para resolver las exigencias de la improvisación», en Liturgia y latín, Lección inaugural curso 1969-70, Santiago de Compostela, pág. 24.

[2] C. D. Lanham, Salutatio formulas in Latin Letters to 1200: Syntax, Style, and Theory, Múnich, 1975.

[3] A. C. Floriano Cumbreño, Curso general de Paleografía y Diplomática españolas, Oviedo, 1946; J. Bastardas y Parera, «El latín de la Península Ibérica: el latín medieval»,  Enciclopedia Lingüística Hipánica, Madrid, 1960, págs. 251-290; D. Norberg, Manuel pratique de latin médiéval, París, 1968; C. Codoñer, «Léxico de las fórmulas de donación en documentos del siglo X», Emerita, 40, 1, 1972, págs. 141-149; L. Laffon Álvarez, «Arenga Hispana: una aproximación a los preámbulos documentales de la Edad Media», Historia, Instituciones, Documentos, 16, Sevilla, 1989, págs. 133-232; M. Pérez González,  «Sobre el formulismo en la diplomática medieval»,  Iacobus, 7-8, 1999, págs. 117-139; R. Manchón Gómez, Léxico de las instituciones político-administrativas y militares en la documentación medieval latina del Reino de León (775-1230), Tesis doctoral inédita, Universidad de León, 1999 (=Léxico).

[4] K. Zeumer, Formulae Merovingici Karolini aevi, MGH leg. sec. V, Hannover, 1886, págs. 573-595; A. Uddholm, Formulae Marculfi, Études sur la langue et le style, Uppsala, 1953; J. Gil, Miscellanea Wisigothica, Sevilla, 1991.

[5] M. Pérez González, op. cit., pág. 119.

[6] Un estudio sobre ellas hacen, entre otros, J. Mattoso, «Sanctio (875-1100)», Revista Portuguesa de História, XIII, 1971, págs. 299-338; M. Domínguez, «Fórmulas de sanción en documentos del noroeste peninsular hasta el año 1000», en  Actas I Congreso Nacional de Latín Medieval, León, 1995, págs. 475-480; y, en estas mismas actas, R. Manchón Gómez, «Tradición cristiana latina y diplomática medieval: las fórmulas conminatorias en los documentos del Reino de León (S. VIII-1230)».

[7] Baptizantes eos in nomine Patris, et Filii, et Spiritus sancti, VULG, Mt. 28, 19; qui a Patre procedit, VULG, Io. 15, 26.

[8] Uisibilium et inuisibilium creator, que aparece en el Símbolo de Nicea y en el de Constantinopla I; per quem omnia facta sunt quae in caelo et in terra, que aparece en el Símbolo de Nicea; cuius regnum finis non erit, que aparece en ambos credos; etc. E. Schwartz (ed.), Acta Conciliorum Oecumenicorum, Berolini et Lipsiae, 1933.

[9] Esto es algo que se ve también en otro tipo de documentos, como concilios y sínodos, por ejemplo el Concilium Forojuliense de 796, que tiene como motivo a la Trinidad, y se inicia con una invocación a Jesucristo: Regnante Domino nostro Iesu Christo in perpetuum super omnes coelos, et super omnem terram, Rege regum, et Dominum dominantium, cujus regnum sempiternum est, qui est super omnia Deus benedictus in saecula (PL, 99, 285).

[10] Hay un ejemplo anterior, también en la Catedral de León, pero aparece en un documento falso (CL 64 [914-924]). Se entiende por fórmula de referencia aquélla que aparece en fechas más tempranas y que es más abundante frente a las que se consideran variantes.

[11] Véase también el artículo del Dr. Pérez González, op. cit.,  pág. 121.

[12] En algunos casos en esta última parte se introduce una oración de relativo: [...] unus et trinus qui super omnia regnat, tal es el caso de CL 594 (1000).

[13] En otros casos aparece iustis: CL 915 (1033) y CL 921 (1033).

[14] En el documento CL 971 (1038), única vez en que vuelve a encontrarse esta fórmula, aparece la expresión noui ius.

[15] Único ejemplo de esta variante.

[16] Miserabilis: tal vez por contaminación entre las formas mirabilis/admirabilis (<miror), muy frecuente en este tipo de fórmulas, y miserator (<miseror), uno de los calificativos más característicos de la Divinidad en los textos cristianos.

[17] El transcriptor moderno corrige algunos de los errores cometidos por el escriba medieval como uni tas que transcribe como unitas, pero mantiene otros como circumplex aque en lugar de corregirlo por circumplexaque, forma que parece ser la correcta a la vista de otros ejemplos semejantes.

[18] Como en la primera fórmula existen ejemplos anteriores, pero los documentos son falsos (CL 64 [914-924]) o interpolados (CL 274 (954)).

[19] E. Schwartz (ed.), op. cit.

[20] M. Arias Alonso, «Pater-mater y genitor-genitrix en la documentación medieval asturleonesa (775-1037)»,  en las actas del presente Congreso.

[21] R. Manchón Gómez, Léxico; M. Pérez González, op. cit.

[22] M. C. Díaz y Díaz, «Le latin du haut Moyen Âge espagnol»,  La lexicographie du latin médiéval et ses rapports avec les recherches actuelles sur la civilisation du Moyen âge, París, 1981, págs. 105-114.